MAP20089003006Hernando, FranciscoDelitos ecológicos / [Francisco Hernando]. — Madrid : AGERS, 19979 p. ; 30 cmDonación de AGERS. — Ponencia presentada en la "Jornada sobre Medio Ambiente : la empresa, el medio ambiente y el delito ecológico", celebrada en Madrid, 1 de julio de 1997, organizada por AGERSSumario: Toda figura delictiva se crea con la intención de proteger lo que se denomina un "bien jurídico protegido". Este es un concepto que funciona como criterio para la determinación del concepto material de delito. Tiene un contenido social, pues aparece para el medio social existente en cada momento como digno de la maxima protección que puede ser dispensada por el ordenamiento: la protección penal. Y ese elemento que ha devenido importante para la sociedad y que esta exige su protección, es el medio ambiente, tomando como punto de partida para proceder a su salvaguardia la Constitución. No obstante su caracter de bien jurídico protegido , el medio ambiente es el prototipo de bien difuso, es decir, que es poco suceptible de una comprobación de su puesta en peligro debido en gran parte a los problemas que la ciencia tiene respecto de determinadas materias. Esta circunstancia nos lleva a la naturaleza jurídica con la que el nuevo Código Penal ha concebido el delito ecológico1. Medio ambiente. 2. Delitos ecológicos. 3. Derecho ambiental. 4. Derecho penal. 5. Protección del medio ambiente. 6. Conferencias. 7. España. 8. Documento AGERS. I. AGERS. II. Jornada sobre Medio Ambiente (1997: Madrid). III. Title.