La Responsabilidad objetiva y la inversión de la carga de la prueba. : panorama actual
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245 | 1 | 3 | $aLa Responsabilidad objetiva y la inversión de la carga de la prueba$n: panorama actual$cJavier López y García de la Serrana |
500 | $aPara los supuestos donde las partes no mantienen una igualdad de condiciones respecto a la facilidad en la obtención de la prueba, nuestro Tribunal Supremo creó la llamada teoría de la responsabilidad cuasiobjetiva y con ella la inversión de la carga de la prueba. Pues bien, actualmente la posición de nuestro Tribunal Supremo al respecto es más posición restrictiva que extensiva, pues la misma debe aplicarse sólo en aquellos supuestos donde la responsabilidad generada ante un determinado siniestro o accidente debe ser considerada por previsión legal o en atención a sus especiales características como una responsabilidad objetiva. | ||
650 | 4 | $0MAPA20080573492$aPrueba jurídica | |
650 | 4 | $0MAPA20080565343$aDerecho civil | |
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651 | 1 | $0MAPA20080637736$aEspaña | |
710 | 1 | $0MAPA20080447045$aEspaña$bTribunal Supremo | |
773 | 0 | $wMAP20077002264$tRevista de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro$dGranada : Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro, 2002-$xD.L. GR.1228/02$g02/12/2019 Número 72 - Trimestre 4 2019 , p. 5-8 |