La Carga de establecer las exclusiones del contrato de seguro en la primera página de la póliza
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245 | 1 | 3 | $aLa Carga de establecer las exclusiones del contrato de seguro en la primera página de la póliza$cDaniel Vásquez Vega |
520 | $aEn el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (EOSF) y en otros instrumentos se establece que las exclusiones deben figurar en la primera página de la póliza so pena de ineficacia de la estipulación respectiva. En este artículo analizo qué debe entenderse por póliza, cuáles son las exclusiones que deben figurar en su primera página, y qué sucede con las que no cumplen este requisito. Para dar respuesta a estas preguntas reviso la Circular Básica Jurídica que desarrolla el EOSF, la doctrina sobre la contratación mediante condiciones negociales generales, y los antecedentes legislativos de las normas analizadas. Concluyo que la regla del EOSF está regulando las condiciones negociales generales o clausulado del contrato de seguro y que consecuentemente aplica únicamente a las exclusiones generales, pudiendo las partes acordar exclusiones particulares cuya eficacia no está condicionada a ninguna formalidad. | ||
650 | 4 | $0MAPA20080584290$aContrato de seguro | |
650 | 4 | $0MAPA20080545017$aPólizas | |
650 | 4 | $0MAPA20200016526$aExclusión de coberturas | |
773 | 0 | $wMAP20077000734$tRevista Ibero-Latinoamericana de Seguros$dBogotá : Pontificia Universidad Javeriana, 1992-$x0123-1154 (impreso)$g25/01/2021 Número 53 - 2021 , p. 15-38 |