El reconocimiento de un incentivo fiscal para las aportaciones realizadas a los planes de pensiones.
El diferimiento en la tributación hasta la fecha de inicio de cobro de las prestaciones.
La vinculación de la tributación, a partir de la fecha de jubilación, a la cuantía de las prestaciones complementarias efectivamente percibidas en cada ejercicio. Materia / lugar / evento: Planes de pensiones Fondos de pensiones Prestaciones Fiscalidad del seguro España Otros autores: Instituto Santalucía
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