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La Externalización de los compromisos por pensiones en la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados

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1001 ‎$0‎MAPA20080318338‎$a‎García Becedas, Gabriel
24513‎$a‎La Externalización de los compromisos por pensiones en la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados‎$c‎Gabriel García Becedas
520  ‎$a‎De las transcritas disposiciones legales sobre los planes de pensiones de las empresas cabe destacar que deberán intrumentarse mediante contrato de seguro, plan de pensiones, o a través de ambos, cuantos compromisos por pensiones se hallen vigentes y resulten exigibles en las empresas a fecha 10 de mayo de 1996, siempre y cuando deriven de obligaciones legales (v.gr., de un convenio colectivo estatutario) o contractuales (v.gr., de un pacto colectivo extraestatutario) del empleador con sus empleados, y sean subsumibles entre las contingencias de jubilación, invalidez permanente total o gran invalidez, y muerte del partícipe o beneficiario. Externalización para el que se otorga un plazo máximo y preclusivo de tres años -que incluye el día 10 de mayo de 1999-, durante el cual se mantendrán, en sus propios términos, los compromisos sujetos a este singular proceso de instrumentación legal
65011‎$0‎MAPA20080625979‎$a‎Planes de pensiones de empresa
65011‎$0‎MAPA20080584634‎$a‎Derecho de seguros
65011‎$0‎MAPA20080631130‎$a‎Prestaciones sociales de la empresa
65011‎$0‎MAPA20080607463‎$a‎Obligaciones y contratos
65011‎$0‎MAPA20080631895‎$a‎Ley de Ordenación del Seguro Privado
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7400 ‎$a‎Revista de derecho de los seguros privados
7730 ‎$w‎MAP20077000529‎$t‎Revista de derecho de los seguros privados‎$d‎Madrid‎$g‎nº 6, Noviembre-Diciembre 1996 ; p. 37-41