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La regla 5ª del artículo 784 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal : la exclusión del asegurador obligatorio como parte en el proceso penal

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1001 ‎$0‎MAPA20080293666‎$a‎Soto Nieto, Francisco
24513‎$a‎La regla 5ª del artículo 784 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal‎$b‎: la exclusión del asegurador obligatorio como parte en el proceso penal‎$c‎por Francisco Soto Nieto
500  ‎$a‎Conferencia pronunciada por el autor en el XIV Congreso de Derecho de la Circulación. INESE. Madrid, 20 y 21 de abril de 1998
5208 ‎$a‎El proceso de entrada y asentamiento del asegurador en el proceso penal ha sido paulatino y sin llegar a alcanzar el grado y plenitud exigibles teniendo en cuanta su relevante condición de obligado ante la demanda civil subyacente que la acción directa comporta. El caso de las Compañías de seguro obligatorio, sujeto pasivo de la acción directa enmarcada en el juicio penal, ha sido de los más patentes en el muestrario de las irregularidades y conculcaciones procesales.
65001‎$0‎MAPA20080629762‎$a‎Seguro obligatorio de automóviles
65011‎$0‎MAPA20080634704‎$a‎Seguro obligatorio de responsabilidad civil
65011‎$0‎MAPA20080605636‎$a‎Derecho procesal penal
65011‎$0‎MAPA20080590567‎$a‎Empresas de seguros
7112 ‎$0‎MAPA20080489335‎$a‎Congreso de Derecho de la Circulación‎$n‎14‎$d‎1998‎$c‎Madrid
7730 ‎$t‎Revista de responsabilidad civil, circulación y seguro ‎$d‎Madrid : INESE‎$g‎Septiembre 1999 ; p. 424-432