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La Posible condición de parte del asegurador obligatorio en el proceso penal

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MAP20071501654
Soto Nieto, Francisco
La Posible condición de parte del asegurador obligatorio en el proceso penal / Francisco Soto Nieto
El texto del presente artículo constituye la primera parte de la ponencia "Aspectos procesales y sustantivos en la responsabilidad civil (inherente de la penal) derivada del accidente automovilístico", presentada por el autor en las XIV Jornadas de la Fé Publica Judicial, celebradas en Gerona del 10 al 13 de mayo de 2000
La promulgación del Código Penal aprobado por L.O. 10-1995, de 23 de noviembre, ha supuesto una toma de postura decidida del legislador en pro de la incorporación como parte en proceso penal del asegurador obligatorio. Según el artículo 117 del mismo "los aseguradores que hubiesen asumido el riesgo de las responsabilidades pecuniarias derivadas del uso o explotación de cualquier bien, empresa, industria o actividad, cuando, como consecuencia de un hecho previsto en este Código, se produzca el evento que determine el riesgo asegurado, serán responsables civiles directos hasta el límite de la indemnización legalmente establecida o convencionalmente pactada, sin perjuicio del derecho de repetición contra quien corresponda". Fácilmente se aprecia que la ley quiere abarcar tanto a los supuestos de seguro "obligatorio" como "voluntario"
En: Revista española de seguros. - Madrid : AIDA. - nº 103, Julio-Septiembre 2000 ; p. 567-573
1. Seguro obligatorio de automóviles . 2. Seguro obligatorio de responsabilidad civil . 3. Accidentes de tráfico . 4. Derecho procesal penal . 5. Empresas de seguros . I. AIDA . II. Title.