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MAP20190027076Prieto, AitanaEl Corredor tendrá que ampliar sus diligencias en el blanqueo de capitales / Aitana Prieto, Carmen PeñaSumario: El corredor está obligado a denunciar sus sospechas de que potenciales clientes pueden estar intentando realizar operaciones de blanqueo de capitales a través de la contratación de productos de Vida Riesgo. Así lo estableció la Ley 10/2010, de 28 de abril, que el 10 de enero de 2020 tendrá que reformarse para transponer la quinta Directiva comunitaria en la materia. Eso supondrá nuevas obligaciones para el colectivo, especialmente en la aplicación de mayores diligencias para los clientes reforzados. Además hay que tener en cuenta que la nueva Directiva ha establecido que las sanciones máximas pasen de 1,5 a 5 millones de euros. En: PymeSeguros. - Madrid : PymeSeguros, 2011- = ISSN 2173-9978. - 02/09/2019 Número 87 - septiembre 2019 , p. 16-211. Blanqueo de capitales. 2. Corredores de seguros. 3. Profesionales especializados. I. Título.