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MAP20200012665Iribarren López, GemaLa Prescripción : no siempre se interrumpe, pero siempre se computa el plazo / Gema Iribarren LópezSumario: La prescripción de la acción de reclamar está presente en el día a día de aquellos que gestionamos siniestros (voy a referirme exclusivamente al ámbito de la responsabilidad civil de carácter extracontractual), bien sea en asegurador, en asegurado o en correduría. No es algo que se haya de obviar, por cuanto cualquiera de los tres agentes han de revisar los expedientes de siniestro que tengan abiertos y adecuadamente provisionados, al objeto de valorar si procede su cierre. Cierre, que muchas veces tomamos a la ligera y cerramos cuando simplemente lleva mucho tiempo sin que tengamos noticias de la parte perjudicada. Y es que, en verdad, lo técnicamente adecuado para cerrar con rigor, o mantener abierto -también con rigor- un siniestro, es analizar si la acción de reclamación ha prescritoEn: Boletín RC y seguros. - Madrid : Wilmington Inese, 2015-2024. - 01/10/2017 Año 2017 Número 41 - 1 octubre , 4 p.1. Prescripción de acciones. 2. Gestión de siniestros. 3. Tramitación de siniestros. 4. Responsabilidad extracontractual. 5. Responsabilidad civil. 6. Mercado de seguros. 7. Empresas de seguros. I. Título.