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La Delimitación de competencias en materia de Seguridad e Higiene entre el Cuerpo de Ingenieros de Minas y la Inspección de Trabajo (y III) ;aspectos prácticos y cuestiones de Procedimento

La Delimitación de competencias en materia de Seguridad e Higiene entre el Cuerpo de Ingenieros de Minas y la Inspección de Trabajo (y III) ;aspectos prácticos y cuestiones de Procedimento
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MAP20071013277
Mateos Beato, Alfredo
La Delimitación de competencias en materia de Seguridad e Higiene entre el Cuerpo de Ingenieros de Minas y la Inspección de Trabajo (y III) ;aspectos prácticos y cuestiones de Procedimento / Alfredo Mateos Beato, Ignacio Vázquez González
Sumario: El presente artículo pretende dejar claro, que la competencia excepcional del Cuerpo de Ingenieros de Minas en materia de seguridad e higiene en el trabajo se circunscribe solamente a explotaciones mineras, en sentido extricto, y a aquellos trabajos que reunan la doble condición de estar regulados por la Ley de Minas y exigir la aplicación de técnica minera. Con ello , a través de casos prácticos, se quiere clarificar cuáles son las competencias de la Inspección de Trabajo y de los Ingenieros de Minas en explotaciones mineras
En: Salud y trabajo. - Madrid. - nº 21, Octubre 1979 ; p. 30-33
1. Seguridad e higiene en el trabajo . 2. Legislación . 3. Minas . 4. Inspección de trabajo . 5. Ingenieros de minas . 6. Accidentes de trabajo . I. Vázquez González, Ignacio . II. Título. III. Título: Salud y trabajo.