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MAP20071024098Fernández Toraño, AntonioCompetencias de la Administración / Antonio Fernández TorañoSumario: Comentarios a la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados respecto al papel de los órganos de control. Según el autor, la Ley responde a la filosofía que se está imponiendo entre los órganos de control de los diferentes estados miembros del espacio económico europeo, de extremar las precauciones respecto de las empresas que actúan en los mercados financieros dando dinero ajeno, véase entidades de seguros o entidades de crédito, agencias de valores. De ahí que se introduzcan una serie de controles que, por el hecho de ser desconocidos hasta este momento en el sector asegurador español, no implican un incremento del intervencionismo o de las competencias de la Administración. Lo que hacen es modular o profundizar en determinados aspectos tendentes a prevenir situaciones de insolvencia o de descontrol administrativo, en estas instituciones que manejan dinero ajenoEn: Dirección y progreso. - Madrid. - nº 144, noviembre-diciembre 1995 ; p. 14-221. Ley de Ordenación del Seguro Privado. 2. España. 3. Unión Europea. 4. Control de seguros. 5. Administración pública. 6. Competencias administrativas. 7. Entidades financieras. 8. Empresas de seguros. 9. Libre circulación de capitales. 10. Libre prestación de servicios. I. Título. II. Título: Dirección y progreso.