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La Disolución de las fundaciones : la responsabilidad de los destinatarios: comentario al artículo 40.4 de la Ley General Tributaria

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24513‎$a‎La Disolución de las fundaciones‎$b‎: la responsabilidad de los destinatarios: comentario al artículo 40.4 de la Ley General Tributaria‎$c‎Alejandro Blázquez Lidoy
5208 ‎$a‎La nueva Ley General Tributaria, Ley 58-2003 ha introducido algunas reformas que de una forma indirecta afectan al régimen fiscal de las fundaciones, como la regulación de reconocimiento, control y regularización de beneficios fiscales. El objeto de las presentes notas se limita al análisis del artículo 40.4 de la LGT, donde se establece que, en caso de "disolución" de fundaciones, las obligaciones tributarias pendientes se "transmitirán" a los destinatarios de los bienes y derechos de las fundaciones. A estos destinatarios se califica tributariamente como sucesores
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65011‎$0‎MAPA20080558512‎$a‎Fundaciones
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7730 ‎$w‎MAP20090034914‎$t‎Cuadernos de la Asociación Española de Fundaciones‎$d‎Madrid‎$g‎nº 3, Octubre 2004 ; p. 8-9