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La Protección del asegurado en la doctrina de nuestros Tribunales

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Registro MARC
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LDR  00000nab a2200000 i 4500
001  MAP20071508928
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1001 ‎$0‎MAPA20080352950‎$a‎Petit Lavall, Mª Victoria
24513‎$a‎La Protección del asegurado en la doctrina de nuestros Tribunales‎$c‎Mª Victoria Petit Lavall
520  ‎$a‎La LCS fue la norma pionera en nuestro Ordenamiento jurídico en regular la protección del adherente (asegurado-tomador) en contratación con condiciones generales. Tras la promulgación de la LCS, las condiciones generales de los contratos han tenido una regulación propia. Para determinar el régimen jurídico de las condiciones generales de los contratos de seguro debe tenerse en cuenta no sólo la LCS (art.3), sino también la LCGC y la LGDCU (arts. 10, 10bis y DA1ª modificados y/o introducidos por la LCGC). Este artículo presenta una delimitación, al hilo de la jurisprudencia, de ciertos conceptos relacionados con lo mencionado anteriormente y de las cláusulas que han sido declaradas abusivas, limitativas y delimitadoras del riesgo en las numerosas sentencias sobre la materia.
65011‎$0‎MAPA20080584634‎$a‎Derecho de seguros
65011‎$0‎MAPA20080606954‎$a‎Legislación de seguros
65011‎$0‎MAPA20080584290‎$a‎Contrato de seguro
650 1‎$0‎MAPA20080600723‎$a‎Defensa del asegurado
650 1‎$0‎MAPA20080569402‎$a‎Jurisprudencia
65001‎$0‎MAPA20080609658‎$a‎Cláusulas contractuales
65011‎$0‎MAPA20080540913‎$a‎España
7400 ‎$a‎Revista española de seguros
7730 ‎$t‎Revista española de seguros‎$d‎Madrid‎$g‎nº 129-130, Enero-Junio 2007 ; p. 65-114