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MAP20170012252Fernández Sánchez, José LuisEl Cambio de mediador en póliza y devolución del recibo / José Luis Fernández SánchezSumario: Analizamos en este artículo, por su relevancia y posibles repercusiones, el supuesto particular en el que cuando se comunica al corredor de seguros un cambio de mediador éste ya ha cobrado el recibo mediante domiciliación bancaria propia y lo ha liquidado a la compañía. En vista de esto, el cliente opta por solicitar a su entidad bancaria, meses después, la devolución del recibo amparándose en la normativa en materia de domiciliaciones que así se lo permite, a causa de no tener firmado el corredor perjudicado autorización expresa ajustada a la normativa SEPA. La aseguradora se niega a compensar o descontar de la liquidación el importe de dicho recibo de prima, por el tiempo transcurrido en el momento en que ello se pretende conforme a la carta de condiciones, resultando así perjudicado el corredor de seguros. En: Mediario. - Barcelona : Col.legi de Mediadors d'Assegurances Titulats de Barcelona, 2004-2023. - 01/03/2017 Número 191 - marzo 2017 , p. 21-221. Mediadores de seguros. 2. Contrato de seguro. I. Título.