MAP20200006213 Balsalobre Gil, María José El Lucro cesante en trabajadores autónomos y profesionales del transporte / María José Balsalobre Gil La responsabilidad, en nuestro ordenamiento jurídico se asienta sobre el principio "alterum non laedere", esto es, el deber de no dañar a otro. Principio que debemos a Ulpiano, jurista romano y que fue plasmado en el Digesto. Este deber de no dañar a nadie, implica per se, que deba existir una consecuencia ante el incumplimiento del mismo, una consecuencia de provocar el daño. Es así como surge la obligación de resarcimiento, obligación que se encuentra recogida en el artículo 1902 del Código Civil español y que platea una función indemnizatoria Sumario: Introducción -- Concepto de lucro cesante -- Distinción entre lucro cesante y daño emergente -- Tratamiento del lucro cesante en la Ley 35/2015 -- Incidencia del lucro cesante en autónomos y profesionales del transporte: siniestro con paralización del camión; siniestro con paralización de la actividad empresarial; siniestros con paralización de taxi; siniestros con vehículos destinados a las clases prácticas en autoescuelas; siniestro de ambulancias o autobuses; siniestros con vehículos "food truck"; siniestro con víctimas repartidores autónomos -- La prueba del lucro cesante -- Derecho comparado -- Conclusiones En: Revista de la Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro. - Granada : Asociación Española de Abogados Especializados en Responsabilidad Civil y Seguro, 2002- = ISSN D.L. GR.1228/02. - 02/12/2019 Número 72 - Trimestre 4 2019 , p. 41-62 1. Lucro cesante . 2. Trabajadores autónomos . 3. Responsabilidad civil . 4. Accidentes de tráfico . 5. Profesionales . 6. Transporte de mercancías . 7. Transporte de viajeros . 8. Ordenamiento jurídico . 9. Derecho comparado . I. Título.