MAP20210028250García Vico, María del CarmenProtección ocular frente a la radiación solar. Si trabajas al sol, ten vista / María del Carmen García VicoSumario: Gran parte de la radiación nociva procedente del sol es absorbida por la atmósfera. No obstante, a la superficie terrestre llega radiación ultravioleta (UV) susceptible de causar, entre otros, daños oculares. En el ámbito laboral, los profesionales que desarrollan su actividad a la intemperie constituyen el colectivo con mayor exposición a este tipo de radiación. Si bien el Real Decreto 486/2010 sobre exposición laboral a radiaciones ópticas artificiales excluye de su ámbito de aplicación la radiación solar, al amparo de la Ley 31/1995 el riesgo derivado de la radiación solar debe ser tenido en consideración como un aspecto más relacionado con el trabajo que puede afectar a la seguridad y salud de las personas trabajadoras. La evaluación de riesgos del puesto de trabajo, ante un potencial riesgo por exposición a radiación solar, deberá prever un plan de actuación que puede requerir, entre otras medidas, el uso de equipos de protección individual (EPI) específicos, como pueden ser las gafas de protección frente a la radiación solar. En: Seguridad y salud en el trabajo. - Madrid : INSHT, 1999-. - 14/06/2021 Número 107 - Mes junio , p. 59-701. Radiaciones. 2. Daño ocular. 3. Lesiones oculares. 4. Radiaciones ultravioletas. I. Título.