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Acuerdo Multilateral RID 6/2004, en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), y del artículo 6.12 de la Directiva 96/49...

Acuerdo Multilateral RID 6/2004, en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), y del artículo 6.12 de la Directiva 96/49...
Recurso electrónico / electronic resource
Seção: Legislação Segurança e Meio Ambiente
Título: Acuerdo Multilateral RID 6/2004, en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), y del artículo 6.12 de la Directiva 96/49/CE, (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" núm . 42, de 18 de febrero de 2003), relativo al transporte de productos farmacéuticos, listos para su consumo, hecho en Madrid el 20 de abril de 2005
Descrição física: 1Registros relacionados: En: . - B.O.E. núm. 170, de 18 julio 2005Materia / lugar / evento: Legislación de seguridad Transporte de mercancías peligrosas Ferrocarriles Productos farmacéuticos Acuerdos, convenios, etc Otros autores: España. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
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