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Colaboración de los técnicos habilitados por la Comunidades Autónomas en la inspección de trabajo

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Seção: Artigos
Título: Colaboración de los técnicos habilitados por la Comunidades Autónomas en la inspección de trabajo / Conrado López GómezAutor: Lopéz Gómez, Conrado
Notas: La Ley de Reforma del Marco Normativo de prevención de riesgo laboral establece que las Administraciones tanto General del Estado como de las Comunidades Autónomas deben garantizar la colaboración pericial y el asesoraminto técnico necesarios a la inspección de trabajo y Seguridad Social. Dicha colaboración será prestada por funcionarios técnicos, pertenecientes al Instituto General de Seguridad e Higiene en el trabajo para el ámbito de la Administración General del Estado, o a las Consejerías de las Comunidades Autónomas que tengan asumidas las competencias en materia de prevención de riesgos laborales, para el ámbito de estas.Registros relacionados: En: Gestión Práctica de Riesgos Laborales. - Madrid : Especial Directivos. - Nº 21, noviembre 2005 ; p. 40-44Materia / lugar / evento: Seguridad e higiene en el trabajo Inspección de trabajo Administración pública Administración local Comunidades autónomas España Reglamentación Técnicos de prevención Outras classificações: 870