Búsqueda

Qué medidas fiscales incentivan la internacionalización

Recurso electrónico / electronic resource
Sección: Artículos
Título: Qué medidas fiscales incentivan la internacionalización / Juan Carpizo BergarecheAutor: Carpizo Bergareche, Juan
Notas: Sumario: Resulta indudable que hoy en día la principal finalidad de los sistemas tributarios consiste en obtener la recaudación suficiente para financiar los gastos públicos, y en esa línea es donde se han movido las últimas y recientes reformas tributarias emprendidas en nuestro país. No obstante, otra finalidad de nuestro sistema tributario, cada vez con mayor importancia dada la situación actual de nuestra economía, reside en tratar de incentivar las inversiones españolas en el exterior para lo que se utiliza, fundamentalmente, la imposición directa que grava a las sociedades españolas, en concreto el Impuesto sobre Sociedades. Con la finalidad de apoyar las iniciativas de internacionalización de las empresas se modificó el régimen fiscal del Impuesto sobre Sociedades mediante el Real Decreto-Ley 3-2000, para evitar la doble imposición económica internacional sobre las rentas de actividades empresariales desarrolladas en el extranjero a través de entidades filiales o por medio de establecimientos permanentes. Así, se estableció la aplicación de un método de exención para estas rentas, que vino a sustituir al hasta entonces vigente método de imputación, por entender que favorecía la internacionalización de las empresas españolas al mejorar su posición competitiva en el ámbito internacional. Este régimen sigue actualmente en vigor habiendo sido modificado recientemente mediante el Real Decreto Ley 12-2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público en el sentido de permitir la exención de estas rentas internacionales en situaciones que hasta ahora la norma en vigor no permitía. Por tanto, las principales medidas fiscales actualmente en vigor para incentivar la inversión española en el exterior consisten en la exención de las mismas permitiendo, por tanto, que no se incluyan en la base imposible española siempre y cuando se cumplan un serie de requisitos o, en cualquier caso, permitir la deducción en la cuota íntegra del impuesto de los gravámenes satisfechos en el extranjero correspondientes a estas rentas. Registros relacionados: En: Estrategia financiera : revista para la dirección financiera y administrativa. - Madrid : Wolters Kluwer, 2004- = ISSN 1130-8753. - 04/06/2012 Número 295 - junio 2012 , p. 22-29Materia / lugar / evento: Internacionalización de la empresa Fiscalidad Impuesto sobre sociedades Estrategia corporativa Externalización de servicios Otras clasificaciones: 922.111
Ver detalle del número