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Section: ArticlesTitle: Las Sociedades de prevención, presente y futuro / Felipe Manzano SanzAuthor: Manzano Sanz, FelipeNotes: Sumario: Cuando se elaboró el Anteproyecto de Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LA LEY. 3838/1995), en un proceso de negociación y acuerdo entre la Administración General del Estado (a través del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo) y los Interlocutores Sociales (a través de las Organizaciones Sindicales y Organizaciones Empresariales más representativas de ámbito estatal, Comisiones Obreras, Unión General de Trabajadores, Confederación Española de Organizaciones Empresariales y Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa), fue consenso pacífico la intitulación y el contenido de lo que ya en el Proyecto de Ley, aprobado por el Consejo de Ministros y remitido a las Cortes para su tramitación parlamentaria, y en la propia Ley 31/1995, de 8 de noviembre (LA LEY. 3838/1995) (LPRL), fue el artículo 32 de la misma, a saber: «Actuación preventiva de las mutuas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social»: «Las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social podrán desarrollar para las empresas a ellas asociadas las funciones correspondientes a los servicios de prevención, con sujeción a lo dispuesto en el apartado 5 art. 31».Related records: En: Capital humano : revista para la integración y desarrollo de los recursos humanos. - Madrid : Wolters Kluwer, 1992-2015 = ISSN 1130-8117. - 07/04/2014 Número 286 - abril 2014 , p. 118-121Materia / lugar / evento: Prevención de riesgos laboralesLey de Prevención de Riesgos LaboralesInstituciones y asociaciones de prevenciónLegislaciónServicios de prevenciónOther categories: 87Rights: In Copyright (InC) See issue detail