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La Responsabilidad por los productos defectuosos, cuando productor y distribuidor pertenecen al mismo grupo de empresas.

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24513‎$a‎La Responsabilidad por los productos defectuosos, cuando productor y distribuidor pertenecen al mismo grupo de empresas.‎$c‎Guillermina Matarán Ferreira
520  ‎$a‎Se pretende en el presente comentario realizar un estudio de quién responde civilmente por los daños derivados de productos defectuosos y ello a través del análisis de la excelente Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo, núm. 448/2020, de 20 de Julio, de la que es ponente Mª Angeles Parra l.ucán. Partiendo de la particularidad de que productora y distribuidora son empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial, se llega a la conclusión de que ello no implica por si la responsabilidad de ambas, pues estando identificado el productor, será el juez quien deba valorar el vínculo que permita considerar que éstas integrarían conjuntamente el concepto de productor, no por la titularidad jurídica de las empresas, sino por la implicación de las mismas en las funciones propias de la fabricación del producto. La legislación y jurisprudencia europea es clara en este sentido: estando identificado el fabricante del producto, la acción debe dirigirse, sin duda alguna, frente a este, siendo innecesario desde la posición jurídica del perjudicado, entrar a valorar la pertenencia o no de productor y distribuidor al mismo grupo _ de empresas.
650 4‎$0‎MAPA20080603588‎$a‎Responsabilidad civil
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7730 ‎$w‎MAP20077100628‎$t‎RC : revista de responsabilidad civil, circulación y seguro‎$d‎Madrid : INESE, 1993-‎$x‎1133-6900‎$g‎01/07/2021 Número 7 - julio 2021 , p. 6-32