Contenido multimedia no disponible por derechos de autor o por acceso restringido. Contacte con la institución para más información.
MAP20250011670Ponce Palacios, LuisEl reclamo administrativo en materia de seguros / Arturo Sanabria GómezSumario: La Ley General de Seguros del Ecuador establece en su artículo 42 la obligación de las compañías de seguros y reaseguros de pagar el seguro contratado o la parte correspondiente a la pérdida debidamente comprobada, según el caso, dentro del plazo de treinta días siguientes de presentada la reclamación por parte del asegurado o beneficiario, acompañando los documentos determinados en la pólizaEn: Insulaw International. - Madrid. - 17 de julio de 2025 ; 4 p1. Seguros. 2. Empresas de seguros. 3. Empresas de reaseguros. 4. Indemnizaciones. 5. Siniestros. 6. Ecuador. I. Insulaw International. II. Title.