520 | | | $aLa aplicación del Reglamento 1272-2008, de 16 de diciembre, sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y mezclas, en adelante productos, pretende garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente. Este Reglamento conocido por las siglas CLP (Classification, Labelling and Packaging) establece las propiedades de los productos que permiten clasificarlos como peligrosos para su adecuada identificación por los usuarios. Una de las consecuencias de lo anterior ha sido la adaptación de la normativa Seveso a las disposiciones del Reglamento, lo que ha propiciado la sustitución de la Directiva 96-82-CE, de 9 de diciembre (Seveso II), por la Directiva 2012-18-UE, de 4 de julio (Seveso III), que adopta, por un lado, productos específicamente denominados y, por otro, algunas
clasificaciones peligrosas del Reglamento CLP cuyos productos integrantes pueden originar accidentes graves en las instalaciones industriales donde estén presentes. En este artículo, primero de una serie sobre la normativa Seveso III, se exponen los aspectos más relevantes del Reglamento CLP y su relación con dicha normativa |