Pesquisa de referências

Treinta años de la ley de competencia desleal

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      <subfield code="a">Treinta años de la ley de competencia desleal</subfield>
      <subfield code="c">José Massaguer Fuentes</subfield>
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      <subfield code="b">Actualidad Jurídica Uría Menéndez</subfield>
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      <subfield code="a">31 p.</subfield>
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      <subfield code="a">La Ley de Competencia Desleal ha cumplido treinta años. Las enseñanzas derivadas de su aplicación por jueces y tribunales y su estudio por los autores revelan que la Ley es en efecto la ley general, moderna y efectiva que anunció su preámbulo, y confirman su calidad técnica, algo empalidecida eso sí por sus reformas sucesivas. Primeramente, la Ley establece el régimen general de los actos de competencia, concepto normativo que fue modificado en 2009 para acoger las prácticas comerciales con consumidores, vigente en todo el territorio de la Nación, en todos los sectores de la economía y para todas las actividades concurrenciales. Asimismo, la Ley conserva la orientación institucional de la protección contra la competencia desleal y la vigencia del Zwecktrias, mientras que la jurisprudencia ha encontrado en la propia Ley los resortes necesarios para dar sentido a los conceptos genéricos de que se valen sus normas y asegurar la coherencia de la interpretación y desarrollos de sus normas con la finalidad de la Ley. En este sentido, el recurso a la Ley no ha permitido a los operadores de mercado establecidos impedir la entrada de nuevos competidores o el lanzamiento de nuevos negocios y prestaciones, y en cambio, en su esfera de influencia, la Ley, tal y como ha sido interpretada y aplicada en la práctica, ha impulsado la trasparencia y la calidad de la información disponible para tomar decisiones de mercado, ha generado un entorno favorable al esfuerzo innovador y ha mantenido la igualdad entre los competidores y demás condiciones propias de un mercado competitivo. Por otro lado, la robusta acción de competencia desleal que la Ley configura ha sido fundamental para su eficacia. En suma, los hechos obligan a valorar de forma altamente positiva el papel desempeñado por la Ley en la defensa de mercados eficientes, que generan bienestar para los consumidores y promueven el interés general, dar la razón a quienes saludaron favorablemente su promulgación y agradecer su excelente trabajo a quienes desde la Academia inspiraron la orientación y contenidos de la Ley así como a los legisladores que finalmente elaboraron su texto y la aprobaron hace treinta años. </subfield>
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      <subfield code="t">Actualidad Jurídica Uría Menéndez, 55, enero-abril de 2021, pp. 64-94</subfield>
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