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MAP20240018153La Coordinación de seguridad social y de pensiones en los Estados miembros de la Unión Europa / Instituto BBVA de PensionesSumario: La coordinación de la seguridad social tiene por objeto garantizar que los ciudadanos de la Unión que trabajen y residan en un Estado miembro distinto del suyo no pierdan una parte o la totalidad de sus derechos en relación con la seguridad social, siguiendo el principio básico, consagrado en el Tratado de Roma, de la eliminación de los obstáculos a la libre circulación de personas entre los Estados miembrosEn: Instituto BBVA de PENSIONES. - 7 octubre 2024 ; 6 p1. Prestaciones de la Seguridad Social. 2. Coordinación. 3. Regímenes complementarios. 4. Expatriados. 5. Pensiones. 6. Tarjeta sanitaria europea. 7. Normativa comunitaria. 8. Unión Europea. I. Título.