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Las Condiciones mínimas del plan de reequilibrio

Las Condiciones mínimas del plan de reequilibrio
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24514‎$a‎Las Condiciones mínimas del plan de reequilibrio‎$c‎Carlos García Hormigos
5208 ‎$a‎El objeto de este artículo es analizar la forma adecuada de desarrollar un plan de reequilibrio y planear algunas dudas que surgen al respecto proponiendo interpretaciones a las mismas. El plan de reequilibrio es el acuerdo alcanzado por la comisión del plan de pensiones, o en su defecto la comisión de control, y que establece la forma en que se ha de integrar los derechos por los servicios pasados reconocidos y las obligaciones ante jubilados y beneficiarios, que abarca de forma separada al trasvase de los fondos internos constituidos.
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65011‎$0‎MAPA20080554927‎$a‎Jubilación
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7730 ‎$w‎MAP20077000383‎$t‎Actuarios‎$d‎Madrid : Instituto de Actuarios Españoles, 1990-‎$g‎01/06/2002 Número 20 Junio-Julio 2002, [7] p.
856  ‎$q‎application/pdf‎$w‎1023816‎$y‎Recurso electrónico / electronic resource