La Delimitación de competencias en materia de Seguridad e Higiene entre el Cuerpo de Ingenieros de Minas y la Inspección de Trabajo (y III) ;aspectos prácticos y cuestiones de Procedimento
MAP20071013277Mateos Beato, AlfredoLa Delimitación de competencias en materia de Seguridad e Higiene entre el Cuerpo de Ingenieros de Minas y la Inspección de Trabajo (y III) ;aspectos prácticos y cuestiones de Procedimento / Alfredo Mateos Beato, Ignacio Vázquez GonzálezSumario: El presente artículo pretende dejar claro, que la competencia excepcional del Cuerpo de Ingenieros de Minas en materia de seguridad e higiene en el trabajo se circunscribe solamente a explotaciones mineras, en sentido extricto, y a aquellos trabajos que reunan la doble condición de estar regulados por la Ley de Minas y exigir la aplicación de técnica minera. Con ello , a través de casos prácticos, se quiere clarificar cuáles son las competencias de la Inspección de Trabajo y de los Ingenieros de Minas en explotaciones minerasEn: Salud y trabajo. - Madrid. - nº 21, Octubre 1979 ; p. 30-331. Seguridad e higiene en el trabajo. 2. Legislación. 3. Minas. 4. Inspección de trabajo. 5. Ingenieros de minas. 6. Accidentes de trabajo. I. Vázquez González, Ignacio. II. Título. III. Título: Salud y trabajo.