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Directrices sobre prácticas de venta cruzada

Recurso electrónico / Electronic resource
MAP20160022421
Directrices sobre prácticas de venta cruzada. — Paris : ESMA, 2016
Sumario: El objeto fundamental de las presentes directrices es establecer un enfoque coherente y efectivo en la supervisión de las empresas por parte de las autoridades competentes, lo que contribuirá al refuerzo de la protección de los inversores en todos los Estados miembros. En este sentido, las directrices ayudarán a aclarar las normas de conducta y los mecanismos organizativos esperados de aquellas empresas que lleven a cabo prácticas de venta cruzada, con el fin de atenuar cualquier perjuicio que pudieran conllevar para los inversores. Las directrices se dirigen a las autoridades competentes con competencias en materia de supervisión de las empresas sujetas a las siguientes directivas: a. Directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros (texto refundido) (Directiva 2014/65/UE - DMIF II); b. Directiva por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (Directiva 2009/65/CE - Directiva de OICVM); c. Directiva de gestores de fondos de inversión alternativos (Directiva 2011/61/UE - DGFIA)
1. Instrumentos financieros . 2. Control de entidades financieras . 3. Venta cruzada . 4. Fondos de inversión . 5. Instituciones de inversión colectiva . I. European Securities and Markets Authority . II. European Banking Authority . III. EIOPA .