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MAP20071500363Los Mediadores ante el régimen de autónomosSumario: La decisión del Ministerio de Trabajo de que todos los agentes deben darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos puede alcanzar a más figuras de la Mediación (corredores, subagentes, empleados, etc...). En este sentido, los Colegios y Consejos Autonómicos de Mediadores de Seguros Titulados están negociando con las correspondientes Inspecciones Provinciales de Trabajo para reducir la retroactividad a enero de 1998, en de cinco años, y para que sólo se contabilicen como ingresos de subagentes y colaboradores de corredores la nueva producción. El presente trabajo trata de aportar una visión del problema a través de las posiciones de UNESPA y del Consejo General sobre el tema, así como sobre las actuaciones desarrolladas al respecto en el Colegio de Madrid y el punto de vista de un abogadoEn: Actualidad aseguradora : Documento. - Madrid. - nº 6, 15 de Febrero 1999 ; p. 1-71. Mediación de seguros. 2. Derecho de seguros. 3. Agentes de seguros. 4. Corredores de seguros. 5. Seguridad Social. 6. Regímenes especiales. 7. Trabajadores autónomos. I. Instituto de Estudios Superiores de Seguros. II. Title.