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La Administración contestada

La Administración contestada
Recurso electrónico / electronic resource
MAP20090102453
Casares San José-Martí, María Isabel
La Administración contestada / María Isabel Casares San José-Martí, sección coordinada por Francisco Javier Marcos
Sumario: La empresa consultante está obligada a través de un convenio colectivo a complementar las pensiones que sus trabajadores y los beneficiarios de éstos causan de la Seguridad Social por los conceptos de jubilación, invalidez o muerte de dichos trabajadores. Derivado de esta obligación, la empresa consultante efectuó dotaciones con cargo a la cuenta de resultados de los ejercicios correspondientes, con el objetivo de constituir provisiones contables internas que reflejasen el pasivo actuarial para la cobertura de los compromisos del complemento de las pensiones de sus trabajadores
En: Actuarios. - Madrid : Instituto de Actuarios Españoles, 1990-. - 01/07/1995 Número 12 - julio 1995, p. 24-26
1. Planes de pensiones . 2. Planes de pensiones de empresa . 3. Seguridad Social . 4. Jubilación . 5. Convenios colectivos . 6. España . I. Instituto de Actuarios Españoles .