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Daños civiles en las uniones de hecho

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MAP20190022750
Romero Coloma, Aurelia María
Daños civiles en las uniones de hecho / Aurelia María Romero Coloma
Sumario: La persona que realiza una promesa de matrimonio, pero sin ánimo de cumplirla, y con el objetivo, exclusivo de influir, de forma determinante, en la voluntad de la otra parte, para que acceda a dar inicio a la convivencia more uxorio, ha de responder de los daños y perjuicios, tanto materiales como morales, causados por su engaño, por aplicación de las normas sobre responsabilidad extra contractual
En: RC : revista de responsabilidad civil, circulación y seguro. - Madrid : INESE, 1993- = ISSN 1133-6900. - 01/07/2019 Número 7 - julio/agosto 2019 , p. 30-32
1. Responsabilidad civil . 2. Unión de hecho . 3. Daños y perjuicios . 4. Derecho civil . 5. Derecho de daños . 6. Responsabilidad extracontractual . I. Título.