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La Facultad de resolución del contrato de seguro en caso de impago de la prima sucesiva, en los ramos de salud y vida

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24513‎$a‎La Facultad de resolución del contrato de seguro en caso de impago de la prima sucesiva, en los ramos de salud y vida‎$c‎Javier López García de la Serrana
520  ‎$a‎El impago de la prima en el contrato de seguro, tanto si estamos ante impago de primera prima, de primas sucesivas o de primas fraccionadas, conlleva una serie problemas prácticos que dan lugar a una abundante jurisprudencia. La cuestión, además, se agrava porque en el caso de los seguros de vida, el artículo 95 de la Ley de Contrato de Seguro establece una regulación especial para este ramo. Por ello, el autor de este artículo trata de analizar cómo la jurisprudencia está resolviendo esta problemática, en virtud de la interpretación que hace de los artículos 15 y 95 de la Ley de Contrato de Seguro
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7730 ‎$w‎MAP20077100628‎$t‎RC : revista de responsabilidad civil, circulación y seguro‎$d‎Madrid : INESE, 1993-‎$x‎1133-6900‎$g‎01/09/2020 Número 8 - septiembre 2020 , p. 6-18