Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se declara la admisibilidad y el cumplimiento de los requisitos exigidos por las tablas de...
MAP20210024856Resolución de 2 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se declara la admisibilidad y el cumplimiento de los requisitos exigidos por las tablas de mortalidad, supervivencia, invalidez y morbilidad en relación con las tablas declaradas admisibles por la Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, relativa a las tablas de mortalidad y supervivencia a utilizar por las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y por la que se aprueba la guía técnica relativa a los criterios de supervisión en relación con las tablas biométricas, y sobre determinadas recomendaciones para fomentar la elaboración de estadísticas biométricas sectoriales. — Madrid : Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, 20214 p.Sumario: La disposición final segunda del Real Decreto 288/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras; se da nueva redacción al artículo 34 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre; y se modifica el Reglamento para la aplicación de la Ley 87 /1978, de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios Combinados, aprobado por el Real Decreto 2329/1979, de 14 de septiembre, introdujo importantes modificaciones en el citado artículo 34 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, respecto a los requisitos a cumplir por las tablas de mortalidad, supervivencia, invalidez y morbilidad1. Tablas de mortalidad. 2. Legislación. 3. Tablas biométricas. 4. Supervisión de seguros. 5. España. I. Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. II. Título.