LDR | | | 00000cab a2200000 4500 |
001 | | | MAP20190020237 |
003 | | | MAP |
005 | | | 20190702093407.0 |
008 | | | 190628e20190603esp|||p |0|||b|spa d |
040 | | | $aMAP$bspa$dMAP |
084 | | | $a7 |
100 | 1 | | $0MAPA20140009510$aLópez Porcel, Juan Carlos |
245 | 1 | 3 | $aLa Gerencia de riesgos y la responsabilidad medioambiental$cJuan Carlos López Porcel |
300 | | | $a17 p. |
520 | | | $aA efectos formativos de Gerencia de Riesgos es importante reiterar la diferencia entre la responsabilidad medioambiental y la responsabilidad por contaminación. La responsabilidad medioambiental se refiere de forma exclusiva al daño a los recursos naturales (especies silvestres y su hábitat, acuíferos, suelos y subsuelos), que solo puede ser reclamado por las Administraciones Públicas al titular de la actividad económica o profesional que ha causado dicho daño, como ya se ha indicado previamente. En este supuesto, el responsable debe de minimizar el daño, reparar las consecuencias y devolver los bienes a su anterior estado, manteniendo informada a la Administración competente. Por otra parte, en el siniestro con daños causados por responsabilidad civil genérica (daños por contaminación), el daño se causa al patrimonio o a las personas y es reclamado directamente por el sujeto afectado. En este caso la obligación será la de indemnizar y
reparar el perjuicio causado al tercero. |
650 | | 4 | $0MAPA20080591182$aGerencia de riesgos |
650 | | 4 | $0MAPA20080635572$aResponsabilidad civil por daños al medio ambiente |
650 | | 4 | $0MAPA20080604608$aAdministración pública |
773 | 0 | | $wMAP20140040513$tConsorseguros digital$dMadrid : Consorcio de Compensación de Seguros, 2014-$g03/06/2019 Número 10 - junio 2019 , 17 p |