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Provisiones técnicas de las entidades aseguradoras

Provisiones técnicas de las entidades aseguradoras
Recurso electrónico / electronic resource
MAP20090096387
Bilbatúa Fernández, Luis
Provisiones técnicas de las entidades aseguradoras / Luis Bilbatua Fernández
Sumario: El Real Decreto 1.042-1990 regula dos aspectos básicos de las provisiones técnicas de las Entidades aseguradoras: su cálculo y su fiscalidad. En cuánto al cálculo, afecta a las provisiones para primas pendientes de cobro, para desviación de la siniestralidad y para siniestros pendientes de declaración; por un lado, y por otro, concreta algunos aspectos de la provisión para siniestros pendientes de declaración y modifica la desviación de la siniestralidad y la de primas pendientes de cobro. En cuanto a su fiscalidad, se pretende dar un régimen diferenciado, justificado por su especialidad al conjunto de provisiones técnicas que exige dos requisitos para que sean gasto fiscal: ser de dotación obligatoria y no superar la dotación mínima exigida por el ROSP
En: Actuarios. - Madrid : Instituto de Actuarios Españoles, 1990. - 01/10/1990 Número 2 - octubre 1990, p. 22-26
1. Provisiones técnicas . 2. Cálculo de provisiones técnicas . 3. Fiscalidad . 4. Provisiones para siniestros pendientes de declaración . 5. Provisiones técnicas de desviación de la siniestralidad . 6. Provisiones para primas pendientes de cobro . 7. Provisiones para riesgos en curso . I. Instituto de Actuarios Españoles .