| 520 | | | $aHistoria sobre los mercaderes de Burgos de su derecho tradicional de repartir averías. Para sufragar los gastos del Consulado, determinados por los negocios marítimos, se permitió "echar averías" a los de Burgos. A estas averías se las denominó comunes u ordinarias. Destinadas al pago de otros servicios menores, las pequeñas averías se recaudaban para sebo, mangas, chapas, clavos, bajada de ribera, piloto de salida, etc., como consta en las cartas de fletamento. Análoga en cierto modo al seguro mutuo, fue la llamada avería gruesa o gasto destinado a defensa o salvamento de naves, y base de indemnización de navíos, o de su carga, que habrían de cubrir todos los cargadores, según las Ordenanzas de 1538 |