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La Facultad ilimitada de comprobación por parte de la Administración Tributaria

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Martínez Pastor, Elena
La Facultad ilimitada de comprobación por parte de la Administración Tributaria / Elena Martínez Pastor
Sumario: En recientes sentencias el Tribunal Supremo ha señalado que lo que prescribe es el derecho de la Administración a determinar la deuda tributaria y no la facultad de comprobar. Dicha facultad de comprobar, a su juicio, no solo le permite revisar la veracidad de los datos y hechos, sino también calificar esos hechos aun cuando se hayan realizado en ejercicios prescritos. También se pronuncia el Alto Tribunal sobre la posibilidad de comprobar la corrección de los créditos fiscales generados en ejercicios prescritos, concediendo nuevamente una facultad ilimitada a la Administración. Esta doctrina, que ya constituye jurisprudencia, es la que se ha incorporado, con matices, en la reforma fiscal operada en la Ley 47/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y es la que se pretende incluir en la modificación parcial de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. En el presente artículo desarrollaremos estas cuestiones, incidiendo en el desequilibrio entre las partes que supone esa facultad exorbitada de la Administración tributaria
En: Estrategia financiera : revista para la dirección financiera y administrativa. - Madrid : Wolters Kluwer, 2004- = ISSN 1130-8753. - 01/06/2015 Número 328 - junio 2015
I. Título.